Colombia: La Plenaria de la Cámara aprobó, en el segundo de cuatro debates, un proyecto de ley que establece una licencia remunerada para los trabajadores que contraigan matrimonio o declaren unión marital de hecho.
La licencia debería estar dentro de los 30 días siguientes al matrimonio, momento dentro del cual el empleado debería ponerse de acuerdo con su empleador para tomar sus días de descanso.
La idea, según el autor de la iniciativa, el representante Silvio Carrasquilla, es velar por la “protección constitucional” que tiene la familia.
De todos modos, el proyecto no la tendrá fácil para lo que resta de su trámite. La Andi advirtió que esto aumentaría los costos de contratación. De acuerdo con la organización, cada año en el país se forman más de 74.000 parejas, una cifra que tiende a aumentar.
Actualmente en el país el Código Sustantivo del Trabajo no contempla dentro de los distintos beneficios una licencia por matrimonio. Pese a que en algunas empresas este tipo de amparos pueden ser otorgados por el empleador en los términos que éste establezca en sus disposiciones internas, no es algo que exista en la legislación.
Y es que en muchos casos –luego de las nupcias– hay empresas que no dan ni un solo día, y en caso de darlos, son días que descuentan del pago al trabajador.
El proyecto tendrá que superar dos debates más en el Senado para convertirse en ley.
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